Feminismo es un tema presente que tiene raíces antiguas, pero que ha cobrado actualidad por la irrupción de organizaciones de mujeres que luchan por ser reconocidas con justicia y equidad, en una sociedad estructuralmente machista en nuestro mundo occidental.
La UNESCO[1] definió la equidad de género como “la imparcialidad en el trato que reciben mujeres y hombres de acuerdo con sus necesidades respectivas ya sea con un trato igualitario o con uno diferenciado pero que se considera equivalente en lo que se refiere a los derechos, los beneficios, las obligaciones y las posibilidades”.
El feminismo es una corriente sociológica que busca la igualdad de derechos de la mujer y el hombre. En el curso de la historia ha ido abarcando varios aspectos de la actividad humana tales como la política, la cultura, la salud, la economía, el trabajo, la filosofía, etc.
El feminismo, en un mundo de histórica desigualdad de género, surgió en el siglo XVIII con la “Declaración de los derechos de la mujer y de la ciudadana”, de Olympe de Gouges en el año 1791.Podría agregarse además “La Vindicación de los derechos de la mujer” de Mary Wollstonecraft de 1792. (Wikipedia)
Un poco de historia.
En la biblia encontramos este texto, muy ilustrativo.
Capítulo III, Versículo 16: “Multiplicaré tus trabajos y miserias en tus preñeces; con dolor parirás los hijos y estarás bajo la potestad de tu marido, y él te dominará”.
Otra cita de La BIBLIA, Levítico, Versículo 3: “Un hombre de veinte a sesenta años lo estimarás en 50 siclos (moneda bíblica) de plata. Una mujer la estimarás en 30 siclos”.
Los que están en desacuerdo con las feministas y en general con el rol de la mujer en nuestro tiempo, suelen recurrir a argumentos del cristianismo: “El deseo del cristiano verdadero es seguir la voluntad de Dios, y la voluntad de Dios en cuanto al rol de la mujer en la iglesia se revela en su libro, la Biblia” (2 Timoteo 3:16, 17). “Si queremos agradar a Dios y ser salvos por la eternidad, debemos seguir la Biblia”.
Según un texto de Belkis Rogovsky (docente en estudios judaicos[2]), respecto de la mujer en la religión judía antigua dice: ”Dentro de la historia del judaísmo se observa una marcada discordancia en el rol social atribuido a la mujer entre la época bíblica y su aparente exclusión en el período talmúdico”.
En el mundo islámico las mujeres tienen diferentes niveles de reconocimiento, sean estos relativos a la educación, derechos civiles, matrimonio y divorcio, uso de vestuario en recintos públicos, etc.
No obstante, el Corán no es culpable de tantas diferencias, sino los hombres que lo interpretan a su antojo. En efecto el Corán dice: “: «Los hombres son los proveedores y protectores de las mujeres, porque Alá ha hecho que uno de ellos supere al otro, y porque gastan de su propiedad (para mantener a las mujeres).» El Corán explica que “…los hombres y las mujeres son iguales en la creación y en la vida eterna posterior, pero no idénticos. La sura an-Nisa’ 4:1 indica que los hombres y las mujeres han sido creados de una sola alma(nafs wahidah”). [3](Cita del Corán: 30:21 ver también Corán 3:195)
Otros hitos notables en la historia de la mujer sometida, que justifican su despertar feminista.
. – El cinturón de castidad, usado en la Edad Media.
Los caballeros que pretendían ir a reconquistar los lugares Santos en Jerusalén ponían a sus esposas lo que se conoció en la historia como “cinturón de castidad”. Tenían estos artículos de hierro la pretendida importancia de evitar la relación sexual de sus esposas.
. – La mutilación genital. Según cifras de las Naciones Unidas alrededor de 200 millones de mujeres, entre niñas y jóvenes, han sufrido actualmente (siglo XXI) algún tipo de mutilación genital. Sus causas son variadas: a) culturales, de milenarias tradiciones muy arraigadas. b) la desigualdad social de la mujer. c) la extrema pobreza de la población de estos países. d) falta de acceso a una educación que concientice la defensa de su libertad y derechos.
. – La violación (abuso sexual, agresión sexual).
Es un delito de género, de índole sexual. Ha existido desde tiempos inmemoriales. En el Código de Hammurabi, 1.750 A.C., (Babilonia) se encuentra la legislación más antigua al respecto. En el Imperio Romano, “raptus” era definido como “secuestro forzado”, o “sexo forzado” y fue un delito penado. En aquellos años importaba más el patrimonio del hombre (derecho a la sexualidad con su esposa) que el agravio a la mujer violentada. En la Edad Media aparece como delito a partir del siglo XI. Había solamente protección jurídica cuando la violación era de mujeres de alta clase, aristocráticas; en las clases pobres no existía como delito.
. – El femicidio (o feminicidio). El término fue utilizado por primera vez porDiana Russell, al testimoniar ante el Tribunal Internacional sobre Crímenes contra las Mujeres, en Bruselas en 1976.
En todo el mundo el 21 % de las muertes de mujeres son femicidio (violencia de género). Alrededor de 66.000 feminicidios se calculan por año en el mundo que conocemos con registros estadísticos.
Se define comoel asesinato de una mujer por parte de un hombre, como justificación de su género, por un acto de celos, odio, venganza, una supuesta ofensa, simple placer sicopático, dominio irrestricto no reconocido por ella, orgullo y sentimiento ofendido por supuesta infidelidad. En algunos países de Asia (India, Pakistán) hay femicidio por un pago de dote que la familia del marido considera insuficiente. Otros casos corresponden a países donde la homosexualidad es ilegal, por tanto, las lesbianas pueden ser violadas y hasta asesinadas (lesbicidio) como castigo ejemplificador.
En Chile el femicidio está penada por la ley N° 20.480. Desde 2013 al 2018.
Un estudio realizado por el Área de Ciudadanía y Derechos Humanos de la Corporación La Morada para la Cepal señala: “La violencia contra las mujeres está reafirmada como prioridad dentro del marco jurídico internacional a través de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (1979), la Convención sobre los Derechos del Niño (1990) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer o Convención de Belem do Pará (1994)”.
Más adelante continúa: “Además existen en el ámbito internacional otros instrumentos que permiten orientar a los Estados en la implementación de las acciones, como es la Declaración y Programa de Acción de Viena (1993), la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo, El Cairo (1994), y la IV Conferencia Mundial de la Mujer Beijing (1995)”.[4]
. – El acoso sexual. “El término «acoso sexual» aparece en el año 1973 en el informe “El fenómeno de Anillos de Saturno”, de Mary P. Rowe, entonces asistente especial del presidente(USA) sobre mujeres y trabajo, en el Instituto Tecnológico de Massachusetts y trata sobre las diversas formas de acoso relacionadas con el género.” (wikipedia).
El Parlamento Europeo lo definió así: “Es la situación en que se produce cualquier comportamiento verbal, no verbal, o físico, no deseado de índole sexual con el propósito o el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo.”
Sobre su definición hay muchas variantes particulares según los países. En Estados Unidos es “interés o comportamiento sexual inoportuno”, lo cual deja una amplia gama de interpretaciones, incluso para un aprovechamiento inmoral de una supuesta víctima.
El acoso sexual puede tener ribetes raciales, sociales, educacionales y económicos, que usa a su favor el acosador para intimidar a la víctima.
Existen 125 países en el mundo que han legislado contra el acoso sexual en las últimas décadas del siglo XX y durante la primera década del siglo XXI. Los lugares habituales para un supuesto acoso son: el espacio laboral, estudiantil, universitario académico y hogares familiares.
El llamado “piropo en los países latinos”, que en un sentido positivo y respetuoso es una expresión verbal pública que resalta alguna cualidad de belleza en la mujer, tiene una línea muy sutil para terminar siendo una simple agresión ofensiva y degradante.
El acoso laboral se define como delito cuando un superior jerárquico insinúa alguna forma de privilegio a cambio de una relación sexual, y más aún, cuando la negativa por parte de la víctima se considera merecedora de alguna forma de castigo por parte del acosador.
A diferencia de siglos anteriores, la mujer en la sociedad actual ha empezado a tener conciencia de su rol en la sociedad y de sus derechos de libertad y autodeterminación, lo que ha permitido y estimulado el feminismo, Las organizaciones democráticas de los países y el acceso a la educación, son factores importantes de este despertar. En diferentes países las organizaciones feministas y de reivindicación de las libertades, justicia y equidad, nacieron en su momento como movimiento político o sociales, con diferentes matices, los cuales han permitido organizadamente y con fuerza electoral luchar por concientizar a la sociedad y alcanzar la igualdad frente al poder patriarcal de los hombres.
En definitiva, se trata de organizaciones y movimientos emergentes en el mundo político occidental (principalmente), que pretenden conseguir leyes que protejan sus derechos, que cambien tradiciones y la cultura machista imperante, para llegar a gozar de una igualdad de derechos y oportunidades, en una sociedad más libre, justa y equitativa. No obstante, este despertar de la mujer en nuestra sociedad de principios del siglo XXI, no se ha superado aún la violencia contra ellas y su discriminación.
Con el advenimiento de los avances científicos es necesario hacer presente que desde hace algunos años la sociedad ha empezado a tomar conciencia sobremujeres que nacieron en cuerpos de hombres. Conforman un grupo altamente resistido y segregado, aun cuando la ciencia ha reconocido esta alteración genética, o constitucional, en la formación de la persona biológica. Para ellas es un camino muy largo conseguir que la sociedad las acepte y la medicina “reparadora” pueda corregir en la mayor medida posible la anatomía alterada, o deseada, distante de su cerebro femenino.
En Chile hay hechos históricos desde el siglo XIX que señalan los primeros intentos de las mentes progresistas en pro de la igualdad de género. La Ley Orgánica de Instrucción Primaria de 1860, disponía que la instrucción dada por el Estado sería gratuita y sin distinción de género. Más adelante el Decreto Amunátegui de 1877 (su impulsor) decía: “Se declara que las mujeres deben ser admitidas a rendir exámenes válidos para obtener títulos profesionales con tal que ellas se sometan para ello, a las mismas disposiciones a que están sujetos los hombres”.
En Chile, la existencia en 1921 del Partido Femenino Progresista Nacional es un hito en la lucha femenina por la igualdad. Así mismo, se debe mencionar el Partido Cívico Femenino, fundado en 1922, que también luchó por los derechos de la mujer en el campo cívico, en la salud y en el acceso al trabajo, entre otros objetivos.
Se han creado otras fechas de conmemoración para hacer conciencia cívica: el 25 de noviembre es el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, y el 8 de marzo el Día Internacional de la Mujer. Además, el 6 de febrero se celebra el Día Internacional de Tolerancia Cero contra la Mutilación Genital Femenina; el 11 de febrero el Día Internacional de la Mujer y la Niña en la Ciencia; el 19 de junio el Día Internacional para la Eliminación de la Violencia Sexual en los Conflictos; el 23 de junio el Día Internacional de las Viudas; el 11 de octubre el Día Internacional de la Niña; y el 15 de octubre el Día Internacional de las Mujeres Rurales y un lenguaje inclusivo; pero, al menos todo esto es un esfuerzo importante en el mundo para crear conciencia y presionar a los gobiernos, estimulándolos a actuar en consecuencia.
Lenguaje inclusivo.
Uno de los aspectos más controversiales del feminismo es la intensión de modificar el lenguaje hablado y escrito con modificaciones que pretenden evitar una interpretación que menoscabe a la mujer en su condición igualitaria. Analicemos que dice la RAE (Real Academia Española) al respecto de estas modificaciones lingüísticas. Sus objetivos principales son: evitar generalizaciones, invalidar términos estereotipados que menoscaben a la mujer, usar palabras que evidencien la igualdad de género, preferir sustantivos genéricos (permiten nombrar a grupos de personas sin particularizar su significado, por ejemplo: “ciudadanos” porque no excluyen género), preferir los pronombres neutros (no tienen género específico, por ejemplo: “lo”, esto, eso, aquello,), no usar palabras que de modo implícito subyuguen a la mujer frente al hombre.
La Real Academia de la lengua castellana ha ido incorporando las tendencias lingüísticas que pretendes respetar la igualdad de la mujer y su individualidad. Desde 1914 por primera vez incorporó la palabra “feminismo” (del latín “femina” y del sufijo “ismo”) otorgándole la siguiente definición: “principio de igualdad de derechos de la mujer y el hombre y como movimiento que lucha por la realización efectiva en todos los órdenesdel feminismo”.
El 16 de enero del 2020 publicó un largo informe de 156 páginas en el que hace un acabado estudio y nos entrega su posición al respecto. Recomiendo leerlo y para ello en la Bibliografía al final puede obtener la dirección en Internet.[5]
La RAE está abierta a reconocer y modificar el lenguaje, siempre que los interesados, o afectados lo soliciten. En el caso del diccionario de la Lengua castellana ha hecho muchas modificaciones. De su lectura concluí que la lengua castellana tiene formas de evitar el lenguaje sexista (La RAE opina: “Se entiende por sexismo cualquier discriminación efectuada sobre personas por razones de sexo o, como se expresa en la actualidad, por motivos de género”) con el buen uso de sustantivos, pronombre, etc. que evitan una interpretación no deseada. Por ejemplo “estudiantes” en vez de vez de “alumnos y alumnas”.
La RAE no acepta la degeneración y mal uso de letras para definir ambos géneros, ejemplo: “vecine” en vez de vecino. Peor es el caso de decir “vecinx”; (La RAE dice: “el uso de la letra «x» como supuesta marca de género inclusivo es ajeno a la morfología del español, además de innecesario e impronunciable, pues el masculino gramatical ya cumple esa función como término no marcado de la oposición de género”).
La RAE tampoco acepta decir “vecin@”, al respecto señala: “La arroba no es un signo lingüístico, de modo que no se considera apropiado su empleo en lugar del masculino genérico para referirse conjuntamente a individuos de ambos sexos”.
Sería imposible seguir mencionando todas las recomendaciones que la RAE expone en 156 páginas de su informe del año 2020, por ello sólo recojo como ejemplos algunas de las cuestiones más controversiales.
. – Otro aspecto importante del feminismo en la actualidad es el aprovechamiento de su causa en beneficio de grupos políticos, lo que divide a la gente. El feminismo no es una corriente ideológica representativa de un sector político, aun cuando también es cierto que hay sectores políticos que tienen más sensibilidad respecto de sus objetivos de justicia y equidad. Pero el aprovechamiento político -de cualquier sector- daña y tuerce sus nobles objetivos, creando una controversia innecesaria y divisoria en los ciudadanos.
En este inicio del siglo XXI la gente (en vez de decir los hombres y mujeres) ya tiene bastante sensibilidad frente al feminismo y, tal vez, quedaría pendiente terminar de plasmar la igualdad en las leyes y reglamentos, como también en el campo laboral, para pensar que la mujer ha sido incorporada con justicia y equidad. En principio, es sin duda un tema muy arraigado en lo cultural, que viene desde los orígenes de las religiones occidentales mismas, y por tanto su modificación es lenta y tal vez deben pasar varias generaciones para modificar hábitos, dogmas e intolerancias muy enraizadas en la sociedad.
En todo caso el camino ya está construido y debemos transitarlo con altruismo y respeto a la mujer, que es distinta en su anatomía y mentalidad, pero enteramente igual en su presencia en la sociedad, complementándose mutuamente.
Para finalizar, hay otro aspecto interesante que frecuentemente se evita comentar y es la participación del lesbianismo, que con fuerza se toma el tema del feminismo y con mucha frecuencia lleva la lucha a extremos; no solamente es procurar la igualdad, sino también someter al hombre, hacerle sentirse inferior, que ciertamente conlleva una dosis de venganza: cosa innecesaria. Es la famosa “ley del péndulo” que en su afán de corregir una injusticia su fuerza lo lleva a ponerse en el otro extremo, como ocurre con muchas reivindicaciones sociales, especialmente en la política y la religión. En el feminismo hay corrientes que pretenden también llevar a este movimiento hasta el otro extremo, perjudicándolo más que haciendo un bien para su causa. La ponderación, serena y racional puede contribuir a terminar con estos excesos distorsionadores de una justa causa.
BIBLIOGRAFÍA:
. – Real academia de la lengua, RAE.
. – https://wayka.pe/que-sabemos-del-lenguaje-inclusivo-es-correcto-o-no-su-uso
. – https://www.rae.es/sites/default/files/Informe_lenguaje_inclusivo.pdf.
. – https://israelbibliotecalstudies.com
. – La Biblia.
.- https://repositorio.cepal.org
[1] Hppts:// www. unesco.org
[2] https:// israelbibliotecalstudies.com
[3] Cita del Corán: 30:21 ver también Corán 3:195)
[4] https://repositorio.cepal.org
[5] En parte de este informe la RAE dice: “Es imprescindible aclarar que la expresión lenguaje inclusivo admite al menos dos interpretaciones: 1. Se entiende a veces por lenguaje inclusivo aquel en el que las referencias expresas a las mujeres se llevan a cabo únicamente a través de palabras de género femenino, como sucede en los grupos nominales coordinados con sustantivos de uno y otro género…” “También se considera “inclusiva”, en esta misma interpretación del término, la estrategia de emplear sustantivos colectivos de persona, sean femeninos (la población española), sean masculinos (el pueblo español), así como la de usar términos nominales que abarquen en su designación a los dos sexos (como en toda persona española, en lugar de todo español).
2. En la segunda interpretación, la expresión lenguaje inclusivo se aplica también a los términos en masculino que incluyen claramente en su referencia a hombres y mujeres cuando el contexto deja suficientemente claro que ello es así. Es lo que sucede, por ejemplo, en expresiones como el nivel de vida de “los españoles” o “Todos los españoles son iguales ante la ley”.
La RAE en 1978 optó de modo general por la segunda interpretación indicada de lenguaje inclusivo, considerando que la utilización del masculino para referirse a hombres y mujeres, cuando el contexto deja claro ese alcance, se corresponde con el uso más extendido en todo el mundo hispanohablante. A este propósito, conviene recordar que es el empleo del conjunto de los hispanohablantes el que proporciona el fundamento sobre el que se erigen las obras y recomendaciones que elabora la Academia, tal como se puede comprobar en el Corpus del Español del Siglo XXI (CORPES). Este corpus recoge actualmente 300 millones de formas que reflejan el uso del español de los últimos diecinueve años a ambos lados del Atlántico. El CORPES está a disposición del público en la página web de la Academia.”
Edgardo Hidalgo C.